Buddhist Psalms

Buddhist Psalms

The soul of Mahayana Buddhism

  • Autor: Yamabe, S.; Adams Beck, Lily
  • Editor: Dnl Media
  • ISBN: 9788413777412
  • eISBN Pdf: 9788413778532
  • Lugar de publicación:  Madrid , España
  • Año de publicación: 2021
  • Páginas: 344
  • CDU: 347.0

Igual que ya sucede desde hace años en las restantes Salas del Alto Tribunal, la Sala de lo Civil tomó la iniciativa en el año 2006 gracias al impulso del que era su Presidente, don Juan Antonio Xiol, de unificar por medio de sentencias plenarias la doctrina jurisprudencial en tantos temas polémicos, pues eran muchas las contradicciones que se venían padeciendo en el sistema de nuestro Derecho privado como consecuencia de que se dictaran sentencias muy dispares, y hasta de signo opuesto, para supuestos prácticamente idénticos. Las sentencias del Pleno de la Sala Primera fueron así una iniciativa considerada un verdadero acontecimiento, y ello que justificó que, al no tratarse de algo efímero o coyuntural, diese lugar a que este sello editorial alumbrara toda una nueva colección dedicada al análisis de esas sentencias. Era preciso evitar que el conocimiento de sentencias tan importantes fuera más o menos indirecto o casual, a través de obras generales, de monografías o hasta de revistas dedicadas a comentarios jurisprudenciales que, teniendo algunas una calidad extraordinaria, no lograban ese propósito, al dar cabida las mismas a muchas otras sentencias que no tienen carácter plenario. Los cuatro primeros volúmenes abarcaron el período 2006-2010. Con la aparición simultánea de los volúmenes V (años 2011 y 2012) y VI (años 2013 y 2014) se abrió la segunda época de la misma, que junto con el soporte de papel, comenzó a contar desde entonces con la versión digital merced a la coedición con la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado en la página www.boe.es. Entendemos que es ésta una manera ideal, justa y oportuna de dar a conocer a la comunidad científica el contenido de unas resoluciones que tratan de cumplir la deseada función profiláctica de la jurisprudencia civil, y de hacerlo de un modo merecido, con una sede editorial propia, y en doble soporte: el clásico y el digital. El presente constituye el volumen XII de la colección, que comprende las sentencias dictadas por el Pleno a lo largo del año 2020. Mariano Yzquierdo Tolsada. Catedrático de Derecho civil. Director de la colección.

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  • Índice
  • Nota del director, Mariano Yzquierdo Tolsada
  • 1. Comentario de las sentencias del tribunal supremo de 12 de febrero de 2020 (101/2020), 19 de febrero de 2020 (105/2020), 19 de febrero de 2020 (106/2020) y 19 de febrero de 2020 (107/2020), Criterios para determinar la validez de las cláusulas de vencimiento anticipado en los contratos de préstamo personal Ponente:s Excmo. Sr. Don Pedro José Vela Torres; Excmo. Sr. Don Ignacio Sancho Gargallo; Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena; Excmo. Sr. Don Ignacio Sancho Gargallo
    • Comentario a cargo de: Pedro Campaña Ávila - Sandra Becerra Delgado
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Sobre la cuestión a decidir
      • 5.2. La cláusula de vencimiento anticipado no es siempre abusiva
      • 5.3. Claves para identificar una cláusula de vencimiento anticipado abusiva
      • 5.4. La cláusula de vencimiento anticipado en un préstamo personal. Las diferencias de tratamiento cuando se está ante un préstamo con garantía hipotecaria o ante un préstamo personal
      • 5.5. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea permite suprimir de los contratos de préstamo personales las cláusulas de vencimiento anticipado declaradas abusivas y por tanto nulas, sin que ello afecte a la validez o existencia del préstamo
      • 5.6. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 2. Comentario de la sentencia del tribunal supremo núm. 149/2020, De 4 de marzo Usura en el interés remuneratorio aplicable a tarjetas de crédito de pago aplazado, Ponente: Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena
    • Comentario a cargo de: Rafael Monsalve del Castillo - Estefanía Portillo Cabrera
    • 1. Introducción al concepto de usura y a la jurisprudencia en materia de préstamos revolving
    • 2. Resumen de los hechos
    • 3. Solución dada en primera instancia
    • 4. Solución dada en apelación
    • 5. Los motivos de casación alegados
    • 6. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 6.1. Cuestiones controvertidas
        • 6.1.1. Conveniencia de comparar índices homogéneos: el TEDR y la TAE no lo son
        • 6.1.2. Conveniencia de atender a las circunstancias subjetivas del caso. Posible control judicial de precios
        • 6.1.3 Cuestiones prejudiciales planteadas en la materia
        • 6.1.4 Posibilidad de analizar la validez de las cláusulas del crédito revolving través de los controles de transparencia y abusividad
      • 6.2. Conclusiones
    • 7. Bibliografía
  • 3. Comentario de las sentencias del tribunal supremo de 5 de noviembre de 2020 (580/2020), 5 de noviembre de 2020 (581/2020), 11 de noviembre de 2020 (589/2020) y 28 de diciembre de 2020 (692/2020), La cláusula no transparente ¿es necesariamente abusiva? Ponentes: Excmo. Sr. Don Ignacio Sancho Gargallo; Excmo. Sr. Don Pedro José Vela Torres; Excmo. Sr. Don Juan María Díaz Fraile; Excmo. Sr. Don José Luis Seoane Spiegelberg
    • Comentario a cargo de: Carmen Muñoz García
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados ante el Tribunal Supremo
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. En primer lugar y como punto de partida, las SSTS de 16 de octubre de 2017 y de 11 de abril de 2018
      • 5.2. En segundo lugar: la esperada Sentencia del Tribunal Europeo de 9 de julio de 2020 Ibercaja Banco
      • 5.3. En tercer lugar: el Auto del Tribunal de Luxemburgo, de 3 de marzo de 2020
        • 5.3.1. Sobre la cláusula suelo originaria y la que nova la anterior
        • 5.3.2. Sobre la cláusula de renuncia a invocar la abusividad de la cláusula inicial
        • 5.3.3. La renuncia sobre la nueva cláusula y renuncias genéricas
      • 5.4. Nueva Sentencia del TJUE de 29 de abril de 2021. El remedio ante el carácter abusivo de una cláusula
      • 5.5. Conclusión
    • 6. Advertencia final
    • 7. Bibliografía
  • 4. comentario de las sentencias del tribunal supremo de 6 de noviembre de 2020 (585/2020), 12 de noviembre de 2020 (595/2020), 12 de noviembre de 2020 (596/2020), 12 de noviembre de 2020 (597/2020) y 12 de noviembre de 2020 (598/2020), Tipo de interés Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH)
    • Comentario a cargo de: Alberto Tapia Hermida, Ponentes: Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena; Excmo. Sr. Don Pedro José, Vela Torres; Excma. Sra. Doña María de los Ángeles Parra Lucán; Excmo. Sr. Don José Luis Seoane Spiegelberg; Excma. Sra. Doña María de los Ángeles Parra Lucán
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Antecedentes: la Sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020
      • 5.2. La Sentencia 585/2020 de 6 noviembre del Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo
      • 5.3. La Sentencia 595/2020 de 12 de noviembre del Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo
      • 5.4. Conclusión: Estimación y desestimación de los respectivos recursos de casación
    • 6. Bibliografía
  • 5. Comentario de la sentencia del tribunal supremo DE 17 DE SEPTIEMBRE DE 2020 (472/2020), Las costas en los litigios sobre préstamos hipotecarios en divisa cuando existen serias dudas de derecho, Ponente: Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena
    • Comentario a cargo de: Marien Aguilera Morales
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Las costas en los supuestos de vencimiento total: la regla del vencimiento y sus inflexiones
      • 5.2. Las «dudas de hecho y de derecho»
      • 5.3. Las más que dudosas «dudas de derecho» en este asunto
      • 5.4. La apuesta en favor del recurso de casación
      • 5.5. El principio europeo de efectividad: siguiendo los pasos de la STS 419/2017 y de la STJUE CY/Caixa Bank y LG/BBVA
      • 5.6. Una mirada al futuro
      • 5.7. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 6. Comentario de dos sentencias del tribunal supremo de 4 de noviembre de 2020 (574/2020 Y 575/2020), Entre la exigencia razonable y el formalismo arbitrario: la necesidad de indicar con precisión la norma infringida en el encabezamiento de cada motivo de casación Ponentes: Excma. Sra. Doña María de los Ángeles Parra Lucán; Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena
    • Comentario a cargo de: Fernando Gascón Inchausti
    • 0. Indicación previa
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. La formulación de los motivos de casación
    • 3. La reacción de la Sala Primera: desestimación de los recursos de casación por concurrir causas de inadmisión
    • 4. ¿Exigencia razonable o formalismo arbitrario?
      • 4.1. La discutible potestad de la Sala Primera para establecer exigencias formales no previstas en la ley
      • 4.2. ¿Cuál es el sentido de los formalismos en la casación?
      • 4.3. ¿Cómo de rigurosa ha de ser la aplicación de los requisitos formales?
      • 4.4. Conclusión
    • 5. Bibliografía
  • 7. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 28 de julio de 2020 (459/2020), Legitimación del tercero interviniente no demandado (intervención provocada) para interponer recurso de apelación, Ponente: Excmo. Sr. Don José Luis Seoane Spiegelberg
    • Comentario a cargo de: Francisco de Paula Blasco Gascó
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. La posición jurídica de los recurrentes
      • 5.2. El tercero está legitimado para recurrir la sentencia cuyas declaraciones le resulten perjudiciales
      • 5.3. La impugnación de la sentencia recurrida en apelación
      • 5.4. El perjuicio en la impugnación
      • 5.5. Particularidades del caso litigioso
      • 5.6. Decisión del recurso
      • 5.7. Conclusión. Sobre la intervención provocada: el artículo 14-2 LEC y la Disposición Adicional 7ª LOE
    • 6. Bibliografía
  • 8. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 15 de octubre de 2020 (529/2020), La figura del project manager y su responsabilidad civil en la edificación, Ponente: Excmo. Sr. Don Francisco Javier Arroyo Fiestas
    • Comentario a cargo de: Ricardo Echevarría de rada - Pedro Pérez-Caballero Abad
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Caracterización de la figura del project manager en la doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.2. La debatida amplitud del círculo de responsables en el régimen de la Ley de Ordenación de la Edificación: ¿Numerus apertus?
      • 5.3. La postura del Tribunal Supremo en cuanto a la situación del project manager en ese debate y su contraste con otros pronunciamientos anteriores
      • 5.4. Conclusiones
    • 6. Bibliografía
  • 9. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 11 de marzo de 2020 (167/2020), Nuevas tendencias en materia de relatividad de los contratos, Ponente: Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena
    • Comentario a cargo de: Mariano Yzquierdo Tolsada
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Acciones previstas en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y acciones derivadas del contrato de compraventa
      • 5.2. La revisión del principio de relatividad del contrato
        • 5.2.1. El punto de partida
        • 5.2.2. El cambio de paradigma y la progresiva revisión del principio en el ámbito de la construcción y venta de inmuebles
        • 5.2.3. Traslado de la cuestión al ámbito de la fabricación y venta, también masiva, de automóviles
        • 5.2.4. La jurisprudencia que mitiga o suaviza la relatividad de los contratos no es la utilizada por la recurrente
        • 5.2.5. Revisión prudente del principio de relatividad y dificultades para esa revisión. ¿Combatimos la rigidez del principio a golpe de casuística?
      • 5.3. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 10. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 7 de septiembre de 2020 (461/2020), Derecho Transitorio de la Ley 11/1981, excepción al principio de cosa juzgada y plazo para la impugnación de la filiación no matrimonial, Ponente: Excma. Sra. Doña María Ángeles Parra Lucán
    • Comentario a cargo de: Roncesvalles Barber Cárcamo
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. La aplicabilidad de la disposición transitoria 6ª de la Ley 11/1981, de 13 de mayo
      • 5.2. Las acciones comprendidas en la D.T 6ª de la Ley 11/1981 y su fundamentación
      • 5.3. El plazo de ejercicio de la nueva acción: la analogía entre la posesión de estado y la filiación determinada por sentencia
      • 5.4. La adecuación de la decisión de la sala a la jurisprudencia constitucional, a la doctrina de la sala y a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
      • 5.5. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 11. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 10 de julio de 2020 (417/2020), Hipotecas multidivisa: carácter consensual del contrato de préstamo bancario y aplicación de la doctrina sobre inicio del dies a quo del plazo de ejercicio de la acción de nulidad fundada en error o dolo, Ponente: Excmo. Sr. Don Rafael Sarazá Jimena
    • Comentario a cargo de: Álvaro Mendiola Jiménez - Borja Álvarez Sanz
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Motivos de casación alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Valoración conjunta de la prueba a fin de determinar el momento en que los Recurrentes adquirieron conocimiento de los hechos que les habrían permitido ser conscientes del error-vicio denunciado
      • 5.2. El contrato de préstamo bancario, ¿negocio consensual o real?: Consensual en la medida en que medie pacto de pago de intereses, en aplicación de la doctrina sentada por la STS (Pleno) de 11 de julio de 2018
      • 5.3. A vueltas con el momento de la consumación del contrato como dies a quo del cómputo del plazo de caducidad de la acción de anulación fundada en error o dolo: aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo a las hipotecas multidivisa
      • 5.4. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 12. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 29 de mayo de 2020 (207/2020), Inaplicabilidad del artículo 17. 1. c) del C.C. a los nacidos en el territorio no autónomo del Sáhara durante la dominación colonial de España. Controversia sobre la consideración del Sáhara Occidental como “territorio español” y sobre si los saharauis tenían la nacionalidad española en ese momento, Ponente: Excmo. Sr. Don Francisco Marín Castán
    • Comentario a cargo de: Juan Carlos Jiménez Mancha
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Eficacia de la Ley de Descolonización 1975 y del Decreto de opción 1976 para determinar tanto si el Sáhara debía ser considerado territorio español, como la nacionalidad de los saharauis
      • 5.2. Análisis del Derecho interno e internacional para determinar si el Sáhara Occidental podía ser considerado territorio español durante el tiempo en que fue protectorado, colonia, provincia o territorio no autónomo y si la población saharaui tenía la nacionalidad española en ese momento
      • 5.3. Los nacidos en el Sáhara durante el periodo colonial, que no hubieran optado por la nacionalidad española conforme al Real Decreto de opción 1976, ni hubieran adquirido otra nacionalidad, tienen la condición de apátridas
      • 5.4. A los efectos del artículo 17. 1. c) del C.C., no se consideran nacidos en España a quienes nacieron en el Sáhara durante la etapa en que fue colonia española
      • 5.5. A los efectos del artículo 17. 1. a) y b) del C.C., no son españoles de origen los hijos de saharauis que, en su momento, no hubieran optado por la nacionalidad española
      • 5.6. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 13. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 3 de febrero de 2020 (60/2020), Naturaleza ganancial o privativa de las reservas de una sociedad de capital, Ponente: Excmo. Sr. Don Pedro Luis Seoane Spiegelberg
    • Comentario a cargo de: Ignacio Gomá Lanzón
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Tesis a favor de la ganancialidad de las reservas acordadas por la junta general
      • 5.2. Posición de la Sala: las reservas no son gananciales
      • 5.3. Primera consideración sobre la solución adoptada: la analogía
      • 5.4. Segunda consideración sobre la solución adoptada: las reservas y los frutos
      • 5.5. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 14. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 28 de julio de 2020 (458/2020), Empresa familiar, sociedad de gananciales y adjudicación de participaciones sociales, Ponente: Excma. Sra. Dña. María de los Ángeles Parra Lucán
    • Comentario a cargo de: María Dolores Hernández Díaz-Ambrona
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Es necesaria la unificación de doctrina
      • 5.2. La Sentencia del Tribunal Supremo 219/1995 de 15 de marzo de 1995 y la Sentencia de Tribunal Supremo 69/2000 de 29 de enero de 2000
      • 5.3. Sentencia del Tribunal Supremo 54/2017 de 27 de enero de 2017: identidad de supuesto de hecho
      • 5.4. Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias 183/2015 de 2 de febrero de 2015 y Sentencia de la Audiencia de Castellón 71/2017 de 3 de marzo
      • 5.5. Posición del cónyuge del socio
      • 5.6. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 15. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 14 de julio de 2020 (420/2020), En los supuestos de siniestro total no procede la reparación del vehículo cuando su importe excede manifiestamente del valor venal, Ponente: Excmo. Sr. Don José Luis Seoane Spiegelberg
    • Comentario a cargo de: Javier López García De La Serrana
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados en casación
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Consideraciones generales sobre la indemnidad de la víctima como principio resarcitorio rector ante los daños injustamente sufridos y su moderación en virtud del principio de prohibición de enriquecimiento injusto
      • 5.2. Soluciones adoptadas por la doctrina y jurisprudencia anteriores a la sentencia analizada. Análisis de la jurisprudencia menor
        • 5.2.1. Soluciones que giran en torno al valor de reparación
        • 5.2.2. Las que parten del valor venal del vehículo
        • 5.2.3. Las que fijan un promedio entre el valor venal y el de reparación, en los casos que el perjudicado ha reparado el vehículo
      • 5.3. Marco Normativo sobre la Valoración de daños derivados de la circulación de vehículos de motor
      • 5.4. Criterio del Tribunal Supremo sobre la decisión del primer motivo del recurso relativo a la reparación del vehículo
      • 5.5. Criterio del Tribunal Supremo en relación a la desestimación de la pretensión de la satisfacción de los gastos de alquiler de vehículo sustitutivo
      • 5.6. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 16. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 20 de julio de 2020 (448/2020), Responsabilidad del suministrador del producto defectuoso que no identifica a tiempo al fabricante del mismo, Ponente: Excma. Sra. Doña María Ángeles Parra Lucán
    • Comentario a cargo de: Mariano Yzquierdo Tolsada
    • 0. Advertencia previa
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Supuestos en los que sí puede resultar responsable el distribuidor del producto. Panorama general
      • 5.2. No concurrencia de ninguno de los posibles títulos de atribución
        • 5.2.1. Acerca de la identificación del fabricante facilitada por el demandado (artículos 3.3 Directiva 85/374, 4.3 LRCPD y 138.2 TRLGDCU)
        • 5.2.2. Alcance de la circunstancia de que productor y distribuidor pertenezcan al mismo grupo de empresas
        • 5.2.3. Acerca del productor aparente (artículos 3.1 Directiva 85/374, 4.1.d LRCPD y 5 in fine TRLGDCU)
      • 5.3. Improcedente aplicación de la doctrina de la buena fe y los actos propios si existe un precepto positivo expreso
      • 5.4. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 17. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 15 de julio de 2020 (426/2020), Requisitos que deben concurrir para que la invalidez o fallecimiento derivados de una lesión de naturaleza exclusivamente psíquica queden cubiertos por el seguro de accidentes, Ponente: Excmo. Sr. Don Juan María Díaz Fraile
    • Comentario a cargo de: Carlos Bonhome González
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. La existencia de una patología previa del asegurado no es óbice para que un suceso externo posterior pueda provocar una lesión cubierta por el seguro de accidentes
      • 5.2. Un evento no deja de ser súbito, aunque las lesiones derivadas del mismo se manifiesten o agraven transcurrido un tiempo desde que sucedió
      • 5.3. Para que exista cobertura bajo el seguro de accidentes no es preciso que la muerte o invalidez causada por una lesión psíquica venga precedida de otra de carácter físico
      • 5.4. Exoneración de los intereses de demora del artículo 20 de la LCS por la concurrencia de causas justificativas del retraso en el pago
    • 6. Voto particular
      • 6.1. En el caso de lesiones psíquicas, el seguro de accidentes exige que vayan unidas a una lesión física sufrida por el asegurado, o que deriven de un suceso en el que este último haya sido protagonista directo
    • 7. Conclusión
    • 8. Bibliografía
  • 18. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 14 de julio de 2020 (421/2020), Carácter «generalmente» delimitador de la cláusula de cobertura de defensa jurídica propia de los seguros de responsabilidad civil (artículo 74 LCS), Ponente: Excmo. Sr. Don Eduardo Baena Ruiz
    • Comentario a cargo de: Mariano Yzquierdo Tolsada
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. ¿Era necesaria una sentencia plenaria?
      • 5.2. Cobertura de defensa jurídica, accesoria del seguro de responsabilidad civil: sus diferencias con el seguro de defensa jurídica, propiamente dicho
      • 5.3. La suma asegurada para la defensa jurídica: ¿cláusula delimitadora o cláusula limitativa?
      • 5.4. Necesidad de que la suma no sea «notoriamente insuficiente»
      • 5.5. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 19. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 17 de septiembre de 2020 (473/2020), Fijada la indemnización en procedimiento contencioso-administrativo entablado exclusivamente contra la Administración, y satisfecha la misma por la compañía aseguradora, no procede acción directa contra ésta en reclamación de los intereses moratorios, Ponente: Excmo. Sr. Don José Luis Seoane Spiegelberg
    • Comentario a cargo de: Mariano Yzquierdo Tolsada
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. El recurso por infracción procesal. El pago satisfecho por el asegurador de una Administración, única demandada en el procedimiento contencioso-administrativo
      • 5.2. Excursus sobre las opciones que tiene el perjudicado
        • 5.2.1. Reclamación administrativa previa con reconocimiento de responsabilidad, fijación de la indemnización y aquiescencia del administrado
        • 5.2.2. Reclamación administrativa previa desestimada o con indemnización considerada insuficiente por el administrado
        • 5.2.3. De nuevo sobre la jurisdicción competente para entender de la acción directa exclusivamente entablada contra el asegurador de la Administración
      • 5.3. Improcedencia de la acción directa, ni siquiera para exigir unos inexistentes intereses moratorios
      • 5.4. Si no se demandó al asegurador en vía contencioso-administrativa, no pudo incurrir en mora
      • 5.5. Confirmación de la doctrina de la Sala: la STS de 5 de octubre de 2020
      • 5.6. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 20. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 16 de septiembre de 2020 (469/2020), Las comunidades de bienes con ejercicio de actividad económica y la delimitación del concepto de sociedad: reconocimiento de personalidad jurídica, Ponente: Excmo. Sr. Don Francisco Javier Arroyo Fiestas
    • Comentario a cargo de: Alfredo Muñoz García
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Delimitación entre la Comunidad de Bienes y la Sociedad
      • 5.2. El régimen legal aplicable a las comunidades de bienes con actividad económica
      • 5.3. La voluntad de las partes como elemento configurador de naturaleza jurídica societaria
      • 5.4. La atribución de personalidad jurídica a la comunidad-empresa por su naturaleza societaria y el consiguiente reconocimiento de la capacidad procesal para ser parte
      • 5.5. Conclusión
    • 6. Bibliografía
  • 21. Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 12 de febrero de 2020 (99/2020), Eficacia de los pactos de superación de los límites de responsabilidad que no consten en la carta de porte, Ponente: Excmo. Sr. Don Pedro José Vela Torres
    • Comentario a cargo de: Alcestes Cervera-Martín - Francisco Javier Arias Varona
    • 1. Resumen de los hechos
    • 2. Solución dada en primera instancia
    • 3. Solución dada en apelación
    • 4. Los motivos alegados
    • 5. Doctrina del Tribunal Supremo
      • 5.1. Cuestiones generales. El transporte y sus especialidades en materia de responsabilidad
      • 5.2. Límites aplicables a la responsabilidad del porteador terrestre de mercancías
      • 5.3. La declaración de valor y la declaración de especial interés en la entrega
      • 5.4. El pacto específico como categoría autónoma
      • 5.5. El comportamiento doloso o similar como causa alternativa de superación del límite legal
      • 5.6. Conclusiones
    • 6. Bibliografía

Materias

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